Author Topic: Estudio: Doble Matanza en DF metro  (Read 21110 times)

Crafty_Dog

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Estudio: Doble Matanza en DF metro
« on: September 22, 2009, 12:03:03 PM »

Crafty_Dog

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #1 on: September 24, 2009, 06:12:08 PM »
?Nadie puede encontrar articulos o clips mas completos?

Dog Mauricio

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #2 on: September 24, 2009, 10:11:01 PM »

     Este es un video donde se hace un análisis de lo ocurrido durante la balacera del metro en el DF.

[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=6pZFqT4_9rc[/youtube]

... parece que al principio el asesino no queria matar a Esteban, ya que lo golpea con el arma, pero al ver que no desistia le da un balazo en la cabeza. Quiero preguntarles:

1.- ¿se animarían a enfrentar a ese agresor armado?

2.- ¿Si se desidieran a actual cómo que lo harían?

3.- ¿Cuáles serían los factores que te motivarían a tomar acción contra el asesino?

    En el noticiero de hoy en la noche el sujeto de camisa blanca que intento ayudar a Esteban y que recibio un balazo, dice que lo que lo motivo fue que le dio coraje ver a este hombre disparando contra la gente...

  Por favor escriben sus comentarios

9-terremoto

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #3 on: September 25, 2009, 01:26:16 PM »
 parece que al principio el asesino no queria matar a Esteban, ya que lo golpea con el arma, pero al ver que no desistia le da un balazo en la cabeza. Quiero preguntarles:

1.- ¿se animarían a enfrentar a ese agresor armado?
R: Depende de las circunstancias. Si con mi vida salvara a mi familia, valdría la pena (hacerlo con mucha maña). Si lo atacara sin una posibilidad de ganar y además dejara una viuda y una huérfana, no sería una muestra de heroísmo sino un trato idiota.

2.- ¿Si se decidieran a actual cómo que lo harían?
R: Sería jugarse el todo por el todo, pero por la espalda o de alguna otra manera que disminuyera su ventaja. Creo que sería muy difícil detenerlo sin que hubiera más heridos o muertos, habiendo tanta gente.
3.- ¿Cuáles serían los factores que te motivarían a tomar acción contra el asesino?
R: Un peligro menos para mi familia. La ira no es buena consejera, aunque sea totalmente comprensible... a final de cuentas, una ira mal manejada parece ser lo que llevó al asesino a cometer una cadena de actos idiotas. Con esto no quiero decir que esté conforme con el gobierno de mi país, sino que yo tengo claro que matar policías y civiles no soluciona nada.

    En el noticiero de hoy en la noche el sujeto de camisa blanca que intento ayudar a Esteban y que recibio un balazo, dice que lo que lo motivo fue que le dio coraje ver a este hombre disparando contra la gente...
  Por favor escriben sus comentarios

R: Creo que el video deja en claro al menos tres cosas:
a) La seguridad es un problema en ascenso (en muchos lugares del país, y no sólo en el DF, que se entienda —échenle un ojo a Tijuana y Michoacán con los narcos, o a cualquiera de las localidades del Sureste donde hay mareros—)
b) Los medios de comunicación nos bombardean con violencia, con lo cual algunas personas pierden la noción de las cosas;
c) Esta cultura que tiene tan en alto valores como la negación de la violencia, nos convierte en ovejas en medio de lobos (incluidos malos policías, que se supone deberían cuidarnos, hacen lo contrario y han minado la credibilidad en las figuras de autoridad).
d) Las buenas intenciones no bastan: es mejor estar preparado para enfrentar una situación de adrenalina y nunca necesitarlo, que enfrentarla para perder la vida.

Alguien me dijo alguna vez que "El soldado muere en la guerra; el guerrero gana la guerra y vive."

Gracias.
Valdemar

"S?lo en el centro se puede vivir." Huehuehlahtolli, la antigua palabra

Blanca

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #4 on: September 25, 2009, 02:59:10 PM »
     Pienso que el ASESINO, sabía lo que hacía y a lo que se enfrentaba, porque se metió al metro en una hora que había mucha gente y en una estación muy  congestionada, ya que al parecer buscaba llamar la atención de la gente con el grafiti que pinto en la pared, cosa que aun no se ha aclarado del todo.

     Es difícil enfrentarse a un sujeto con pistola o con otra arma, pero si lo vas a hacer en mi opinión yo le hubiera arrojado algún objeto por la espalda que trajera en la bolsa o hasta la misma bolsa para provocar una distracción y en ese momento atacarlo, y ahorita en este tiempo de lluvias todos cargamos un paraguas, tal vez con eso pegarle. Tal vez no se podría haber evitado alguna muerte pero es lo que se me ocurre para intentar detener al asesino.

      También se podría haber detenido cuando estaba cargando la pistola ya que estaba distraído. Cualquier cosa que uno haga para detener a alguna persona armada (es lo que yo opino) tiene que ser rápido y estar decidido para detenerlo, salir herido o hasta la muerte.

BLANCA  :roll:

Dog Mauricio

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #5 on: September 28, 2009, 03:16:10 PM »

     Muy interesantes las opiniones de todos ustedes.

     En ocasiones es difícil realizar una crítica sobre el hombre que se lanzo sobre el criminal del metro. Algunos pudieran calificarlo de heroe miestras que otros pensarian que fue un acto idiota el arriesgarse al tratar de detener al asesino... en fin ¿Cómo jusgar un acto de este tipo? Cada uno de nosotros pudiera tener una opinión basada en experiencias personales y su modo de entender este tipo de fenómenos sociales. A proposito de ello, quiero mostrares este nuevo video en donde aparecen los escritos que el asesino pinto en las paredes del metro, al parecer lo que hacia era una especie de protesta contra los actos corruptos del gobierno. Veal el video comenten por favor. También esta esta nota del Universal con información al respecto.

[youtube]http://www.youtube.com/watch?v=LS5eg-rXFjo[/youtube]




Los maté porque me reprimieron
28 de septiembre de 2009 

 
 
“Sobre el suceso que se da con las dos personas fallecidas en la estación del Metro, fue por reprimirme a dar a saber la verdad”. Esa es al simple explicación de Luis Felipe Hernández Castillo, el hombre que asesinó a un civil y a un policía del metro Balderas, ya que el segundo le reclamó por hacer pintas en las paredes de la estación en cuestión. Este hecho en sí sería sólo un delito más si no fuera por la explicación que dio el asesino.
De entrada, éste nunca se asume culpable de las muertes que provocó. De hecho, culpa de todo a las autoridades. Reconoce que cometió un delito, pero ése no fue el asesinato de dos personas, sino “repartir ese escrito” en el cual denunciaba el “crimen masivo” del gobierno: los “engaños y perjuicios al país por la administración de Felipe Calderón, por el calentamiento global de la tierra”, que nos lleva al hambre. El señor Hernández Castillo no es, en su propia óptica un victimario, sino una víctima de un gobierno que comete un crimen masivo y que, por denunciarlo, lo reprime. En esa lógica, el culpable es el gobierno. En el fondo del razonamiento del asesino del metro Balderas está la visión de que si el fin que uno persigue es justo, los medios también lo son y si alguien resulta perjudicado es culpa de quien ocasiona la situación por la cual se protesta.

Lo preocupante de todo esto es que la justificación que hace el asesino de su conducta refleja una visión de quehacer cotidiano y de la política que está tremendamente extendida entre los mexicanos. De hecho, es algo que se enseña desde la escuela primaria: el fin justifica los medios. Así se exalta la violencia como forma de resolver conflictos con el argumento de que la justicia de una gesta, legitima el uso de cualquier instrumento. Las torturas y muertes infligidas a otros seres humanos son un costo colateral e irrelevante ante la grandeza de la causa: la Independencia, la Revolución, la lucha contra la tiranía. Así, los muros del Congreso tienen en letras de oro los nombres de personas que en esta época estarían en las listas de los más buscados por la Corte internacional de Justicia o de organizaciones de derechos humanos. El razonamiento es siempre el mismo: eran crueles y asesinos porque así era la época y porque el enemigo también lo era. Es el mismo argumento de quienes ahora atropellan el derecho de los demás, basados en la justicia de su causa. Es el argumento de quienes toman instalaciones públicas, secuestran autobuses, incendian autos, bloquean avenidas, o ponen bombas: los delitos del gobierno son mayores; las “bombas” del gobierno, como los ajustes fiscales, son más dañinas que las bombas en los bancos o en los oleoductos.

Nadie sensato negaría que éste es un país con muchas injusticias y desigualdades. Nadie sensato podría negar la gravedad del calentamiento global que es la justificación que da el asesino del metro Balderas. Pero tampoco nadie sensato puede aceptar que un abuso se corrija con otro abuso. Finalmente, en una democracia, como dice la Declaración de los Derechos del Hombre de la Revolución Francesa, el derecho de uno termina donde comienza el derecho del otro. ¿Algún día podremos entender esto los mexicanos?


jorge.chabat@cide.edu


Analista político e investigador del CIDE
 

Crafty_Dog

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #6 on: September 29, 2009, 09:17:27 AM »
"En ocasiones es difícil realizar una crítica sobre el hombre que se lanzo sobre el criminal del metro. Algunos pudieran calificarlo de heroe miestras que otros pensarian que fue un acto idiota el arriesgarse al tratar de detener al asesino... en fin ¿Cómo jusgar un acto de este tipo?"

En ingles hay un dicho "We are warriors.  Death can come for us any time."  La primera cosa que debe hacer un guerrero es escribir formalmente y legalmente su testamento.
     Ese hombre vio algien matando a una policia.   En un momento asi, opino yo que uno actue segun su naturaleza.  Ese hombre fue guerrero a asi' actuo.   Aunque no critico a los que no hicieron nada, este hombre tiene mi respeto.  Espero que hubiera muchos donativos a su familia.
    Y si me permiten un comentario politico:  Si se respetara el derecho de la gente defenderse, la gente tendria el derecho de armarse.  Si el heroe tuviera su propia pistola posbilemente estariamos leyendo noticias felizes.

yak

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #7 on: October 05, 2009, 01:39:28 PM »
Hola amigos un gusto saludarlos una vez mas en este foro, Es muy dificil el poder dar un punto de vista sobre este echo tan lamentable,y la forma como actuaria si yo estubiera en esa situacion es la siguiente por lo regular en el lugar donde me encuentro lo reviso viendo que se puede utilizar como una arma en caso de peligro incluyendo lo que cargo, pero es claro que la reaccion de una persona al escuchar una detonacion es de esconderse ,ver que es lo que sucede o correr, las personas que tenemos la experiencia de haver detonado o portar un arma sabemos del grado de seguridad que teda el traerla,se nota en el video que el sujeto que comete los asesinatos sabia el riesgo que corria no era una persona novata en el uso del arma se vio acorralado y decide utilizarla quitando la vida de esta gente, gente sin ninguna preparacion para una situacion asi, harta de la inseguridad en que se vive se avientan al ruedo segados por la ira tratando de parar al tipo no para ser heroe si no parar defender a su raza su sangre como se dicen este forum su tribu a esa gente no le importo que huvieran ricos pobres en el metro tenian que hacer algo y lo hicieron, con su vida lograron parar a un sujeto que quiza, pudo haver generado algo mas fuerte si huviera tenido el tiempo para hacerlo.

Que haria yo buscar la oportunidad de acercarme ser rapido y agresivo pues se que mi vida depende de lo que haga en ese momento, neutralizar el arma y golpear, golpear.hasta someterlo, se oye bien  pero la situacion pude ser otra,(Amigos en honor ami verdad digo que el sujeto que mata a esa gente se el resultado de nosotros como sociedad pero de la forma que nosotros conocemos como negativa,destructiva.)

HONRO Y RECONOZCO EL VALOR DE ESTA GENTE.
Saludos una vez mas AMIGOS.

mex_si_can

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #8 on: October 10, 2009, 10:08:57 AM »
Hola, respondiendo a las 3 preguntas de Mauricio comento:

1.- ¿se animarían a enfrentar a ese agresor armado?
No creo que lo hubiera enfrentado a menos que un familiar, amigo, mujer o niño indefensos estuvieran en peligro. Las veces que he escuchado disparos cerca es un sonido al cual no estoy acostumbrado y en lo particular si me da miedo de ese que paraliza.

2.- ¿Si se desidieran a actual cómo que lo harían?
Para empezar tendría en cuenta lo resbaloso que es el piso en el metro, cualquier paso que diera lo haría pensando en no meterle tanta velocidad de reacción que pierda tracción. En segundo lugar creo que actuaría cuando estaba disparándole por la espalda al policía, llegaría por atrás agarrando ambos tobillos y tacleándolo de tal forma que quedara boca abajo, acto seguido le hubiera agarrado el brazo de la pistola con una mano y con la otra mano cerrada le hubiera pegado con todo en la nuca (cuantas veces fuera necesario).

3.- ¿Cuáles serían los factores que te motivarían a tomar acción contra el asesino?
Pués como comentaba en el punto uno si veo que un ser querido o deplano indefenso esta en peligro si enfrentaría al asesino. Otra forma que lo haría es si el asesino me quisiera atacar pués tambien me defendería.

Lo que si es un hecho es que las peleas con palos o cuchillo que hacemos nos preparan para este tipo de acciones pués al quedarte desarmado y ver que tu oponente aún tiene un palo te obliga a tener la mente más conciente de en que momento entrar y cómo (previa explicación de Mauricio por supuesto).   

Sin embargo, cómo puedo saber con seguridad cómo actuaría?

Saludos,

Carlos



Crafty_Dog

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #9 on: October 11, 2009, 05:02:01 AM »
Excelentes comentarios -- por ser honestos y por ser pensados.

Yo quisiera ofrecer un concepto mas a la platica aqui:  lo de la importancia de entrenarnos de siempre identificar si hay armos o no.  Se han hecho muchos estudios con policia y se ve en muchos clips de youtube que aun cuando el cuchillo (o la pistola) esta' en plena vista en la mano del Malo que El Bueno so se fija en ello.

Dog Mauricio

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #10 on: October 18, 2009, 07:31:17 PM »

     Estas son algunas disposiciones que marca la Ley de Armas de Fuego y Explosivos del Gobierno de México. Estos puntos marcan los lineamientos en cuanto posesión, portación y tipos de armas permitidas y prohibidas y en que situaciones, por favor chequenlas y opinen...


TITULO SEGUNDO
Posesión y Portación


CAPITULO I

Disposiciones preliminares


Artículo 7o.- La posesión de toda arma de fuego deberá manifestarse a la Secretaría de la Defensa
Nacional, para el efecto de su inscripción en el Registro Federal de Armas.

Artículo 8o.- No se permitirá la posesión ni portación de las armas prohibidas por la Ley ni de las
reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, salvo los casos de excepción
señalados en esta Ley.

Artículo 9o.- Pueden poseerse o portarse, en los términos y con las limitaciones establecidas por esta
Ley, armas de las características siguientes:


I.- Pistolas de funcionamiento semi-automático de calibre no superior al .380 (9mm.), quedando
exceptuadas las pistolas calibres .38 Super y .38 Comando, y también en calibres 9 mm. las Mausser,
Luger, Parabellum y Comando, así como los modelos similares del mismo calibre de las exceptuadas, de
otras marcas.

II.- Revólveres en calibres no superiores al .38 Especial, quedando exceptuado el calibre .357
Magnum.

Los ejidatarios, cumuneros y jornaleros del campo, fuera de las zonas urbanas, podrán poseer y
portar con la sola manifestación, un arma de las ya mencionadas, o un rifle de calibre .22, o una escopeta
de cualquier calibre, excepto de las de cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), y las de calibre superior
al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).

III.- Las que menciona el artículo 10 de esta Ley.

IV.- Las que integren colecciones de armas, en los términos de los artículos 21 y 22.

Artículo 10.- Las armas que podrán autorizarse a los deportistas de tiro o cacería, para poseer en su
domicilio y portar con licencia, son las siguientes:

I.- Pistolas, revólveres y rifles calibre .22, de fuego circular.
II.- Pistolas de calibre .38 con fines de tiro olímpico o de competencia.
III.- Escopetas en todos sus calibres y modelos, excepto las de cañón de longitud inferior a 635 mm.
(25), y las de calibre superior al 12 (.729 ó 18. 5 mm.).

IV.- Escopetas de 3 cañones en los calibres autorizados en la fracción anterior, con un cañón para
cartuchos metálicos de distinto calibre.

LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS
Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Última Reforma DOF 23-01-2004
3 de 27

V.- Rifles de alto poder, de repetición o de funcionamiento semi-automático, no convertibles en
automáticos, con la excepción de carabinas calibre, 30, fusil, mosquetones y carabinas calibre .223, 7 y
7. 62 mm. y fusiles Garand calibre .30.

VI.- Rifles de alto poder de calibres superiores a los señalados en el inciso anterior, con permiso
especial para su empleo en el extranjero, en cacería de piezas mayores no existentes en la fauna
nacional.

VII.- Las demás armas de características deportivas de acuerdo con las normas legales de cacería,
aplicables por las Secretarías de Estado u Organismos que tengan injerencia, así como los reglamentos
nacionales e internacionales para tiro de competencia.

A las personas que practiquen el deporte de la charrería podrá autorizárseles revólveres de mayor
calibre que el de los señalados en el artículo 9o. de ésta Ley, únicamente como complemento del
atuendo charro, debiendo llevarlos descargados.

Artículo 10 Bis.- La posesión de cartuchos correspondientes a las armas que pueden poseerse o
portarse se limitará a las cantidades que se establecen en el artículo 50 de esta Ley, por cada arma
manifestada en el Registro Federal de Armas.

Artículo 11.- Las armas, municiones y materia para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza
Aérea, son las siguientes:

a).- Revólveres calibre .357 Magnum y los superiores a .38 Especial.

b).- Pistolas calibre 9 mm. Parabellum, Luger y similares, las .38 Super y Comando, y las de calibres
superiores.

c).- Fusiles, mosquetones, carabinas y tercerolas en calibre .223, 7 mm., 7. 62 mm. y carabinas
calibre .30 en todos sus modelos.

d).- Pistolas, carabinas y fusiles con sistema de ráfaga, sub-ametralladoras, metralletas y
ametralladoras en todos sus calibres.

e).- Escopetas con cañón de longitud inferior a 635 mm. (25), las de calibre superior al 12 (.729 ó 18.
5 mm) y las lanzagases, con excepción de las de uso industrial.

f).- Municiones para las armas anteriores y cartuchos con artificios especiales como trazadores,
incendiarios, perforantes, fumígenos, expansivos de gases y los cargados con postas superiores al 00
(.84 cms. de diámetro) para escopeta.

g).- Cañones, piezas de artillería, morteros y carros de combate con sus aditamentos, accesorios,
proyectiles y municiones.

h).- Proyectiles-cohete, torpedos, granadas, bombas, minas, cargas de profundidad, lanzallamas y
similares, así como los aparatos, artificios y máquinas para su lanzamiento.

i).- Bayonetas, sables y lanzas.

j).- Navíos, submarinos, embarcaciones e hidroaviones para la guerra naval y su armamento.
k).- Aeronaves de guerra y su armamento.

l).- Artificios de guerra, gases y substancias químicas de aplicación exclusivamente militar, y los
ingenios diversos para su uso por las fuerzas armadas.

En general, todas las armas, municiones y materiales destinados exclusivamente para la guerra.
Las de este destino, mediante la justificación de la necesidad, podrán autorizarse por la Secretaría de
la Defensa Nacional, individualmente o como corporación, a quienes desempeñen empleos o cargos de
la Federación, del Distrito Federal, de los Estados o de los Municipios.

Artículo 12.- Son armas prohibidas, para los efectos de esta Ley, las ya señaladas en el Código
Penal para el Distrito Federal en Materia del Fuero Común y para toda la República en Materia del Fuero
Federal.


Artículo 13.- No se considerarán como armas prohibidas los utensilios, herramientas o instrumentos
para labores de campo o de cualquier oficio, arte, profesión o deporte que tengan aplicación conocida
como tales, pero su uso se limitará al local o sitio en que se trabaje o practique el deporte.
Cuando esos instrumentos sean portados por necesidades de trabajo o para el ejercicio de un
deporte, se deberá demostrar, en su caso, esas circunstancias.


Artículo 14.- El extravío, robo, destrucción, aseguramiento o decomiso de un arma que se posea o se
porte, debe hacerse del conocimiento de la Secretaría de la Defensa Nacional, en los términos y por los
conductos que establezca el Reglamento de esta Ley.

CAPITULO II
Posesión de armas en el domicilio


Artículo 15.- En el domicilio se podrán poseer armas para la seguridad y defensa legítima de sus
moradores. Su posesión impone el deber de manifestarlas a la Secretaría de la Defensa Nacional, para
su registro.

Por cada arma se extenderá constancia de su registro.

Artículo 16.- Para los efectos del control de la posesión de armas, las personas físicas deben
manifestar, un único domicilio de residencia permanente para sí y sus familiares.

Artículo 17.- Toda persona que adquiera una o más armas, está obligada a manifestarlo a la
Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días. La manifestación se hará por escrito,
indicando, marca, calibre, modelo y matrícula si la tuviera.

Artículo 18.- Los servidores públicos y jefes de los cuerpos de policía federales, del Distrito Federal,
de los Estados y de los Municipios, están obligados a hacer la manifestación a que se refiere el artículo
anterior.

Artículo 19.- La Secretaría de la Defensa Nacional tendrá la facultad de determinar en cada caso, qué
armas para tiro o cacería de las señaladas en el artículo 10, por sus características, pueden poseerse,
así como las dotaciones de municiones correspondientes. Respecto a las armas de cacería, se requerirá
previamente la opinión de las Secretarías de Estado u Organismos que tengan injerencia.
Las solicitudes de autorización se harán directamente o por conducto del Club o Asociación.

Artículo 20.- Los Clubes o Asociaciones de deportistas de tiro y cacería, deberán estar registrados en
las Secretarías de Gobernación y de la Defensa Nacional, a cuyo efecto cumplirán los requisitos que
señala el Reglamento.

Artículo 21.- Las personas físicas o morales, públicas o privadas, podrán poseer colecciones o
museos de armas antiguas o modernas, o de ambas, previo el permiso correspondiente de la Secretaría
de la Defensa Nacional.

También podrán poseer, con los mismos requisitos, armas de las prohibidas por esta Ley, cuando
tengan valor o significado cultural, científico, artístico o histórico.

Cuando en una colección o museo no adscrito a un instituto armado de la Nación, existan armas de
las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, se requerirá, además,
autorización por escrito, de la dependencia respectiva.

Artículo 22.- Los particulares que tengan colecciones de armas, deberán solicitar autorización para la
adquisición y posesión de nuevas armas destinadas al enriquecimiento de la colección o del museo, e
inscribirlas.

Artículo 23.- Las armas que formen parte de una colección podrán enajenarse como tal, o por
unidades, en los términos de las disposiciones de esta Ley y previo el permiso escrito de la Secretaría de
la Defensa Nacional y demás autoridades competentes.

CAPITULO III
Casos, condiciones, requisitos y lugares para la portación de armas


Artículo 24.- Para portar armas se requiere la licencia respectiva.

Los miembros del Ejército, Armada y Fuerza Aérea quedan exceptuados de lo anterior, en los casos y
condiciones que señalen las leyes y reglamentos aplicables.
Los integrantes de las instituciones policiales, federales, estatales, del Distrito Federal y municipales,
así como de los servicios privados de seguridad, podrán portar armas en los casos, condiciones y
requisitos que establecen la presente ley y las demás disposiciones legales aplicables

Artículo 25.- Las licencias para la portación de armas serán de dos clases:

I.- Particulares; que deberán revalidarse cada dos años, y
II.- Oficiales, que tendrán validez mientras se desempeñe el cargo o empleo que las motivó.

Artículo 26.- Las licencias particulares para la portación de armas serán individuales para personas
físicas, o colectivas para las morales, y podrán expedirse cuando se cumplan los requisitos siguientes:


I. En el caso de personas físicas:

A. Tener un modo honesto de vivir;
B. Haber cumplido, los obligados, con el Servicio Militar Nacional;
C. No tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas;
D. No haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas;
E. No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos, y
F. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por:
a) La naturaleza de su ocupación o empleo; o
b) Las circunstancias especiales del lugar en que viva, o
c) Cualquier otro motivo justificado.
También podrán expedirse licencias particulares, por una o varias armas, para actividades deportivas,
de tiro o cacería, sólo si los interesados son miembros de algún club o asociación registrados y cumplan
con los requisitos señalados en los primeros cinco incisos de esta fracción.

II. En el caso de personas morales:

A. Estar constituidas conforme a las leyes mexicanas.
B. Tratándose de servicios privados de seguridad:
a) Contar con la autorización para funcionar como servicio privado de seguridad, y
b) Contar con la opinión favorable de la Secretaría de Gobernación sobre la justificación de la
necesidad de la portación del armamento, y los límites en número y características de las armas, así
como lugares de utilización.
C. Tratándose de otras personas morales, cuando por sus circunstancias especiales lo ameriten, a
juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional, para servicios internos de seguridad y protección de sus
instalaciones; ajustándose a las prescripciones, controles y supervisión que determine la propia
Secretaría.
D. Acreditar que quienes portarán armas cumplen con lo previsto en los primeros cinco incisos de la
fracción I anterior.
Previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, los titulares de las licencias colectivas,
expedirán credenciales foliadas de identificación personal, que contendrán los datos de la licencia
colectiva y se renovarán semestralmente.
El término para expedir las licencias particulares y colectivas será de cincuenta días hábiles, contados
a partir de que se presenta la solicitud correspondiente.
Artículo 27.- A los extranjeros sólo se les podrá autorizar la portación de armas cuando, además de
satisfacer los requisitos señalados en el artículo anterior, acrediten su calidad de inmigrados, salvo el
caso del permiso de licencia temporal para turistas con fines deportivos.

Dog Mauricio

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Re: Estudio: Doble Matanza en DF metro
« Reply #11 on: July 13, 2010, 08:34:44 AM »


     Guau a todos

      Este comentario es de nuestro compañero de SIC Adrián Gómez, quien varia veces ha intentado registrarse en el foro pero no ha podido, así que me pidio que subiera su comentario sobre este tema.


Analizando el video puedo comenzar mi comentario  exponiendo el  error del heroico acto del individuo al actuar en defensa de una multitud reaccionando ante una situación donde sabia que el resultado de ese confrontamiento era vida o muerte, al reaccionar el de manera inmediata en contra del sujeto armado el tuvo la ventaja de la sorpresa, el hombre armado nunca espero que alguien lo confrontara y menos a mano vacía, por tal motivo el heroico acto tuvo en primera instancia la ventaja de el primer ataque, pero la estrategia en contra de un arma letal como lo es una pistola y en especial ese calibre requería de al igual que cualquier arma, controlar el brazo con el que el pistolero sostenía su arma, cual es entonces el error que cometió el héroe?, fue buscar el derribe tomando en cuenta la desventaja de llegar al suelo ante un contrincante armado, los segundos que se requerían para el takedown y controlar su brazo requerían de mucho mas esfuerzo que las siguientes alternativas propuestas a continuación:
-sorprender y confiar en un golpe contundente el cual le diera la oportunidad de desestabilizarlo y darle esos segundos necesarios para controlar el arma o incluso knokearlo (en mi caso dada la complexión del asesino creo que no sería mi prioridad) pero tomado en cuenta la fuerza y determinación que mostro el hombre en su heroica acción pudo proporcionarle mayores posibilidades de sobrevivir.
- de la misma manera un golpe a distancia corta sin la fuerza quizás de un volado al contrario un golpe a la garganta, a la nariz, la tráquea aprovechando el factor sorpresa le daría la oportunidad de tomar el control de su mano derecha y atacar la articulación seguramente hubiera desarmado al asesino y en ese momento otras personas hubieran llegado en la ayuda del individuo para alejar el arma del asesino y controlarlo y  quizás los otros pasajeros se hubieran animado a propinarle una golpiza  al  loco armado.
-resulta entonces obvio al analizar el video que el héroe solo tenia valentía y sus intentos fueron instintivos, sin una estrategia mencionando esto con todo respeto  y sin quitarle meritos al valor mostrado por este hombre.

 Adrián